La Octava Sala de la Corte Apelaciones de Santiago dictó sentencia de segunda instancia en la causa episodio Villa Grimaldi, en la cual el Estudio Jurídico, a través del abogado Francisco Ugás, actúa como querellante representando a los familiares de las víctimas Víctor Hugo Morales Mazuela, Carlos Vizcarra Cofré, Alejandro Rodríguez Urzúa, Clara Canteros Torres y José Eduardo Santander Miranda.
Dicha instancia, presidida por el Ministro Cristóbal Mena e integrada por la Ministra Mireya López y el abogado integrante Christian Lepín, absolvió a ex agentes de la DINA por falta de participación; rebajó sustantivamente las penas a aquellos que fueron condenados en primera instancia, aplicando la media prescripción y, también, rechazó y rebajó monto de demandas civiles.
En concreto, los magistrados resolvieron rechazar los recursos de casación presentados por la defensa de los sentenciados Claudio Pacheco Fernández y Gustavo Guerrero Aguilera, en contra de la sentencia definitiva de primera instancia del 21 de julio de 2017.
Además, en esta nueva sentencia, se revoca aquella parte que condenó a los ex agentes Pedro Espinoza Bravo, Rolf Wenderoth Pozo, Pedro Bitterlich Jaramillo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Orlando Jesús Torrejoìn Gatica, Orlando Altamirano Sanhueza, Carlos Eusebio López Inostroza y Hermón Helec Alfaro Mundaca y decide absolverlos de las respectivas acusaciones formuladas en su contra.
Del mismo modo, el tribunal, resolvió rebajar las siguientes condenas:
A Ricardo Lawrence Mires como autor de los delitos de secuestro calificado de Luis Emilio Recabarren González, Manuel Guillermo Recabarren González, Nalvia Mena Alvarado, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Clara Canteros Torres, Alejandro Rodríguez Urzúa, Daniel Palma Robledo, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán, José Eduardo Santander Miranda, Mario Jesús Juica Vega, Víctor Hugo Morales Mazuela, Carlos Mario Vizcarra Cofre, Miguel Nazal Quiroz, Juan Aurelio Villarroel Zárate Julio Roberto Vega Vega, a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.
Asimismo, reduce la pena impuesta a Jorge Andrade Gómez como autor de los delitos de secuestro calificado de Luis Emilio Recabarren González, Manuel Guillermo Recabarren González, Nalvia mena Alvarado, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Clara Canteros Torres, Alejandro Rodríguez Urzuìa, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán, José Eduardo Santander Miranda, Mario Jesús Juica Vega, Víctor Hugo Morales Mazuela, Carlos Mario Vizcarra Cofre, Miguel Nazal Quiroz, Juan Aurelio Villarroel Zárate y Julio Roberto Vega Vega, a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.
Del mismo modo, los magistrados decidieron reducir las penas impuestas a Ricardo Lawrence Mires y a Jorge Andrade Gómez como autores del delito de homicidio simple en la persona de Eduardo Canteros Prado, a 541 días de presidio menor en su grado medio. También para el ex agente Juan Morales Salgado, como autor de los delitos reiterados de secuestro calificado de Manuel Guillermo Recabarren González, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Daniel Palma Robledo, Carlos Vizcarra Cofre, Víctor Hugo Morales Mazuela y Julio Roberto Vega Vega, a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.
Ciro Torres Saéz, también se ve beneficiado con rebaja de pena como autor de los delitos reiterados de secuestro calificado de Luis Emilio Recabarren González, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue e Iván Sergio Insunza Bascuñán, a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.
También se reducen las penas impuestas a Sergio Orlando Escalona Acuña, Juvenal Piña Garrido, Jorge Díaz Radulovich y Gustavo Guerrero Aguilera como autores del delito de secuestro calificado de Daniel Palma Robledo, a sendas sanciones de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.
Y por último, dicha sentencia, reduce la pena impuesta a Gladys Calderón Carreño como autora de los delitos de secuestro calificado de Manuel Guillermo Recabarren González, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Daniel Palma Robledo, Julio Roberto Vega Vega, Carlos Mauricio Vizcarra Cofre y Víctor Hugo Morales Mazuela, a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.
Los delitos fueron cometidos en transcurso del año 1976, en la ciudad de Santiago, y en los próximos días se presentará un recurso de casación para revertir dicha sentencia.