jueves 10 octubre de 2019 | Publicado en Biobiochile.cl
Por: Jorge Molina Sanhueza
El abogado de DDHH Francisco Bustos, que es parte en el recurso ante el TC,explicó que “si bien es cierto la ley permite incluso a condenados por crímenes de Lesa Humanidad acceder a este beneficio, debe cuidarse que no signifique impunidad”.
Ejemplar 1 de 3, oficio 297, presentado a las 17 y 53 minutos el pasado 7 de octubre de 2019 en el Tribunal Constitucional (TC). Así reza la formalidad del documento “reservado” que envió Gendarmería de Chile al organismo, que revela quiénes son los 15 militares condenados por violaciones de Derechos Humanos (DDHH) durante la dictadura cívico-militar, propuestos para acceder al beneficio de la libertad condicional.
El escrito -al que accedió la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío– señala a los siguientes exmilitares que se encuentran privados de libertad en el penal de Punta Peuco. A saber:
Álvaro Corvalán: exjefe operativo de la CNI. Cumple, en la cárcel especial para exuniformados, una condena a presidio perpetuo por su participación en calidad de autor el homicidio del carpintero Juan Alegría Mundaca, acaecido en 1984 para encubrir el asesinato del líder sindical Tucapel Jiménez (1982). Alegría Mundaca fue elegido -sin tener participación política alguna y porque padecía alcoholismo- para cortarle las venas hasta desangrarse. Luego lo inculparon.
A eso se agrega otra sanción penal por su participación el montaje de la llamada Operación Albania, donde el organismo represivo realizó un montaje que implicó la muerte de 17 militantes del FPMR en las comunas de Conchalí y San Miguel, sin que ninguno de ellos tuvieran armas para defenderse. A lo anterior se agrega, entre otros hechos, la desaparición de cinco militantes del FPMR en 1987 que fueron lanzados al mar, donde fue condenado a 15 años. Estos son solo algunos de los crímenes. La lista es larga.
Carlos Herrera Jiménez: autor material del crimen del líder sindical Tucapel Jiménez en 1982, quien junto a dos suboficiales concretó el homicidio del dirigente de Dirinco (hoy Servicio de Impuestos Internos [SII]- en el camino de Renca que unía por entonces al aeropuerto Pudahuel. Recibió tiros en la cabeza y un profundo corte en el cuello para simular un asalto. Suma también el asesinato de un dirigente DC en La Serena -en 1984-y ejecuciones en Pisagua, en los meses posteriores al Golpe Militar de 1973.
Miguel Estay Reyno, alias “El Fanta”: ex militante comunista, quien fue reclutado por el Comando Conjunto de la Fach en los 70’s y luego siguió su carrera en la Dicomcar (ligada a Carabineros), entidad responsable del homicidio de cuatro profesores del PC en 1985, conocido como el “caso degollados”.
El oficio del servicio de prisiones aparece en el recurso presentado ante el TC por el exagente de la CNI -otrora oficial del Ejército- Rodrigo Pérez Martínez, quien junto a Corbalán participó y fue condenado como participante de la Operación Albania. Este último presentó su requerimiento ante el órgano, porque no fue incluído en el listado -como sus colegas- para obtener el beneficio carcelario.
Lea la tramitación del recurso
El abogado de DDHH Francisco Bustos, que es parte en el recurso ante el TC,explicó que “si bien es cierto la ley permite incluso a condenados por crímenes de Lesa Humanidad acceder a este beneficio, debe cuidarse que no signifique impunidad”.
“Vale decir que la postulación por parte de Gendarmería debe ser más cuidadosa. Si pensamos que condenados como Álvaro Corbalán, solamente en 2017, fue condenado a penas que suman 22 años, ello implica que mal podría haber cumplido el porcentaje de condena requerido para que la autoridad resuelva en su favor. Los crímenes de Lesa Humanidad son inamnistiables e imprescriptibles, porque se comenten en contextos donde no es posible perseguirlos. Por la misma razón, el Derecho Internacional exige que las penas sean proporcionales a su extrema gravedad. No se trata de cualquier delito”, indicó.
Bustos es patrocinante ante el TC, junto al abogado Nelson Caucoto y Francisco Ugás.
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