La ministra con dedicación exclusiva para causas de derechos humanos de la Corte de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó sentencia en el caso de Mario Canedo Rojas, militante del Partido Socialista y dirigente vecinal de la Villa Salvador Allende, quien fue asesinado el 22 de septiembre de 1973 en la Base Aérea El Bosque.

En su resolución la magistrada condenó a Juan Octavio Canales Jorquera  a la pena de 10 años y un día, como autor del homicidio calificado de Mario Canedo, y a Ricardo Arturo Morales Gallardo como autor de secuestro simple y como cómplice de homicidio calificado, a las penas de 60 días de prisión en su grado máximo y 4 años de presidio menor en su grado máximo. A este último se le concedió beneficio de libertad vigilada por 5 años. 

Juan Canales era miembro de la DINA y, además, se desempeñó por 17 años como escolta de Augusto Pinochet. En la investigación se pudo establecer que fue el funcionario de la Escuela de Especialidades que propinó el disparó, hecho que reconoció durante la realización de la diligencia de reconstitución de escena, luego de negarlo durante toda la investigación.

La abogada Andrea Gattini, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados y querellante en la causa, manifestó  satisfacción con el fallo, pese a ello indicó que “vamos a apelar la calificación jurídica de la participación de Ricardo Morales Gallardo en el homicidio calificado de la víctima, solicitado se aumente la pena impuesta, en consecuencia iremos a defender este buen fallo a la Corte”.

En la parte civil el fallo condenó al fisco al pago de indemnización por daño moral a familiares de la víctima.

Los hechos

De acuerdo a los antecedentes recopilados durante la investigación, el tribunal pudo acreditar los siguientes hechos: “Que el día 19 de septiembre de 1973, en horas de la mañana, Mario Armando Canedo Rojas, militante del Partido Socialista, fue detenido, sin derecho, por funcionarios de dotación de la Tenencia de Carabineros San Rafael, frente a la referida unidad policial y, luego, encerrado al interior de ésta”. Que, al día siguiente, por orden del Teniente Morales Gallardo, Mario Armando Canedo Rojas, en lugar de ser puesto a disposición del tribunal competente, fue entregado a funcionarios de la Fuerza Aérea de Chile, permaneciendo privado de libertad en dependencias de la Escuela de Especialidades, situada al interior de la Base Aérea El Bosque, unidad militar a cargo del Coronel de Aviación Juan Soler Manfredini, en calidad de Director y de Guillermo Reynaldo Gómez Aguilar, como Subdirector -ambos fallecidos.”

“Que, en ese contexto, el día 22 de septiembre de 1973, en horas de la mañana, Mario Armando Canedo Rojas trató de darse a la fuga, aprovechando que caminaba desde el gimnasio en que se encontraba encerrado hacia los baños, escoltado por el soldado alumno Juan Octavio Canales Jorquera”. Que, acto seguido, Juan Octavio Canales Jorquera, en cumplimiento de la orden dada por un oficial y, haciendo uso excesivo de la fuerza, disparó en contra de Mario Armando Canedo Rojas, impactándolo certeramente en la nuca”.

Y finalmente “Que Canedo Rojas falleció a causa de anemia aguda, causada por el impacto del proyectil balístico, que, en su trayectoria, lesionó la arteria carótida y la vena yugular”.