Los abogados Nelson Caucoto y Francisco Ugás, representantes de la familia del ex mandatario, anunciaron que presentarán un recurso de casación ante la Corte Suprema, para revertir el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que absolvió a todos los acusados por el asesinato del ex presidente Eduardo Frei Montalva en la causa que investiga su muerte el 22 de enero de 1982.

Tras conocer el fallo de segunda instancia emitido este lunes  por la Novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en la investigación por la muerte del ex presidente Eduardo Frei Montalva, cuya sentencia absolvió a los acusados en la causa y revoca sentencia del Ministro Alejandro Madrid, los abogados Nelson Caucoto y Francisco Ugás, representantes de la hija del ex mandatario Carmen Frei Ruiz Tagle, señalaron que recurriran a la Corte Suprema para revertir dicha resolución.

Los abogados manifestaron que “Según refiere la sentencia de segunda instancia se sigue manteniendo la tesis de una muerte de complicaciones médicas del presidente Frei, estimando que los procedimientos quirúrgicos que se le realizaron eran necesarios y fueron bien efectuados. Además, esa sentencia sostiene que la actuación de los médicos patólogos de la Universidad Católica fue pública, transparente y necesaria. Asimismo, la sentencia niega que hayan existido elementos tóxicos que incidieron en esa muerte, asegurando que simplemente hubo complicaciones médicas para explicar el deceso”.

Agregan que “Todos esos aspectos serán rebatidos ante la Corte Suprema, pues en ellos radica los errores manifiestos del fallo de segunda instancia, y para ese efecto señalaremos las pruebas que logró acumular el ministro Madrid en su larga investigación para demostrar que hubo homicidio, que hubo incidencia de elementos tóxicos, que las intervenciones quirúrgicas eran innecesarias y que la actuación de los patólogos de la Universidad Católica fue cuestionable desde todo punto de vista, tanto ético como médico. Debe recordarse al respecto que mantuvieron durante 20 años ocultos los procedimientos que realizaron y nada fue hecho a la luz pública. Todo fue oculto y secreto”.

Asimismo, indicaro que “Los ministros autores de este fallo que se recurrirá son muy respetados y respetables, y es lamentable que no hayan podido ser convencidos que el asesinato del ex mandatario fue la más sofisticada de las operaciones de inteligencia realizadas por la dictadura militar, pese a existir pruebas suficientes en ese sentido”.

Finalmente se mostraron optimistas en que “el máximo tribunal revierta esta sentencia y sancione a los culpables del homicidio calificado del presidente Frei”

Polémico fallo

Este lunes la Novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dio a conocer su fallo de segunda instancia en el cual revocó el fallo del ministro en visita Alejandro Madrid y decidió absolver a todos los acusados.

El fallo de la sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jaime Balmaceda, Paola Plaza y Guillermo de la Barra- sostiene que “los hechos que se ha tenido por acreditados en los motivos que anteceden no resultan subsumibles en la descripción típica del delito de homicidio por el que se formuló acusación a los encausados, en ninguna de las formas que contempla el artículo 391 del Código Penal, pues la prueba reunida durante la tramitación del proceso, valorada en conformidad a la ley, no ha logrado demostrar que el fallecimiento del ex Presidente de la República Eduardo Frei Montalva sea imputable a alguna acción dolosa o culposa de uno o más terceros, como tampoco a alguna omisión atribuible a quienes en su condición de médicos se hallaban en posición de garante de su vida atendido su estado de salud”.

La sentencia revoca el fallo dictado el 30 de enero de 2019 por el ministro Madrid, quien tuvo en sus manos la investigación por casi 14 años. favoreciendo al médico Patricio Silva Garín, quien había sido condenado en primera instancia como autor; al agente CNI, Raúl Lillo Gutiérrez, y al ex chofer personal del mandatario e informante de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Luis Alberto Becerra Arancibia, calificados en primera instancia como coautores; al médico Pedro Samuel Valdivia Soto, condenado por el ministro Madrid como cómplice, además de los tanatólogos Helmar Egon Rosenberg Gómez y Sergio Javier González Bombardiere, calificados en primera instancia como encubridores.

De acuerdo a la resolución, “los hechos que se obtienen de estos antecedentes poseen una justificación lógica que torna más que plausible aquélla conforme a la cual Eduardo Frei Montalva no fue víctima de homicidio, sino que falleció como consecuencia de complicaciones médicas”.

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