La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dictó sentencia de casación y de reemplazo en el caso Paine, Episodio Escuela de Chada, que  investiga el crimen de  Cristian Víctor Cartagena Pérez, profesor y director de la Escuela Nº 38 de Chada, localidad de Paine, hecho ocurrido a partir del 18 de septiembre de 1973, y quien a la fecha figura como detenido desaparecido.

La Sala, integrada por los ministros  Manuel Antonio Valderrama,  Leopoldo Llanos,  la ministra María Teresa Letelier y los abogados Integrantes Carlos Urquieta Eduardo Gandulfo, rechazaron los recursos de casación interpuestos por dos de los cuatro acusados y condenaron a Nelson Iván Bravo Espinoza, ex capitán de la Subcomisaría de Paine, a la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio; al carabinero Rogelio Lelan Villarroel Venegas, a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo; mientras que los civiles Rubén Darío González Carrasco, comerciante, y a Juan Francisco Luzoro Montenegro, transportista y también condenado en caso “Collipeumo”,  a 8 años de presidio mayor en su grado mínimo, todos como autores del secuestro calificado de Cristian Víctor Cartagena Pérez

El abogado querellante Nelson Caucoto Pereira dijo recibir con “inmensa satisfacción este fallo de la sala penal de la Corte Suprema, que viene a ratificar lo obrado por la ministra Sra. Marianela Cifuentes de la Corte de San Miguel.  Se rechazan los recursos de los condenados y se acoge nuestra casación en el ámbito civil”, señaló.

Caucoto, además resaltó que “se condena a dos civiles de la localidad de Paine, que fueron grandes actores de la represión desatada en Paine en contra de sus propios vecinos. Civiles y Carabineros de Paine conformaron nutridas caravanas de empresarios, transportistas, comerciantes que sembraron el terror en la localidad.  El fallo es un bálsamo para tantos años de espera de los familiares de Cristian Cartagena “, sostuvo.

De acuerdo al Informe Retting, Paine fue una de las localidades más afectadas por la represión de agentes de la dictadura militar, se estima una cifra cercana a los setenta detenidos desaparecidos y ejecutados políticos solo de dicha zona. Y contó con la mayor participación de civiles en los crímenes contra campesinos y otros habitantes simpatizantes de la Unidad Popular.

Los hechos

Los hechos establecidos en la causa fueron los siguientes:

1° Que, en la época de los hechos, Cristian Víctor Cartagena Pérez, profesor y militante del Partido Comunista, vivía junto a su cónyuge Holanda Haydée Vidal Caballero -también profesora- y a sus hijos pequeños en la Escuela de Chada, lugar en que ocupaba el cargo de Director.

2° Que el 18 de septiembre de 1973, en la madrugada, Cristian Cartagena Pérez fue detenido, sin derecho, en la Escuela de Chada, en presencia de su familia, por funcionarios policiales de dotación de la Subcomisaría de Carabineros de Paine, entre ellos, el Sargento José Osvaldo Retamal Burgos y el Carabinero Rogelio Lelan Villarroel Venegas, acompañados por los civiles Rubén Darío González Carrasco y Juan Francisco Luzoro Montenegro, entre otros.

3° Que, acto seguido, Cristian Cartagena Pérez fue trasladado a la Subcomisaría de Carabineros de Paine, lugar en que se le mantuvo ilegalmente encerrado y fue sometido a malos tratos, desconociéndose hasta la fecha su paradero.

4° Que la Subcomisaría de Carabineros de Paine se encontraba a cargo del Capitán Nelson Iván Bravo Espinoza.