La institución respondió un requerimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago. En el documento asegura que funcionarios nunca dispararon con perdigones a un menor de edad de 16 años, al interior de un edificio calle San Diego, que tuvo que ser internado en la exposta Central con 13 impactos. Según la policía uniformada los hechos debían ser denunciados en la comisaría y no mediante esta acción constitucional. El problema para los uniformados es que existen videos que dan cuenta del proceder. La Fiscalía Centro Norte ya abrió una investigación de oficio. El informe lo publica íntegramente la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío.
Por Jorge Molina. Nota publicada en www.biobiochile.cl
La madrugada del 20 de octubre ya se había decretado el toque de queda. Un joven colombiano (K.F.M.C) de 16 años y estudiante el Instituto Superior de Comercio (Insuco) fue herido por Carabineros con perdigones, en el edificio de calle San Diego, donde reside.
Al menos diez perdigones quedaron alojados en su espalda. El 21, debido a los problemas de salud que presentaba fue ingresado a la exposta Central, donde le drenaron 2 litros de sangre desde uno de sus pulmones y se le extrajeron trece perdigones alojados muy cerca de estos órganos.
La abuela del joven interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, a través de los abogados Nelson Caucoto, Francisco Ugás y Andrea Gattini. El tribunal de alzada comenzó a tramitar la presentación y solicitó informe a Carabineros, Interior y al Ejército, para determinar si existían antecedentes que dieran cuenta del hecho.
El pasado 26 de octubre, Carabineros respondió a la justicia a través de un informe que publica íntegramente la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío.
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Firmado por el mayor (J), el abogado Rodrigo Batek León, desconocen que hubieran existido personas heridas, que nadie ingresó al edificio donde estaba el menor y critican la presentación del amparo.
Batek explicó que la institución no cuenta con ningún registro del hecho, señalando que nadie concurrió a una comisaría a denunciar el hecho. A su juicio, esa era la “vía idónea para esclarecer los hechos que supuestamente ocurrieron (…) y no a través de esta acción constitucional”.
La abogada Gattini aseguró que la respuesta de Carabineros se aparta de todo criterio legal, ya que el amparo es una medida que establece no sólo la Constitución, sino también el Código Procedimiento Penal (CPP) y un auto acordado de la propia Corte Suprema.
“Aquí hay un menor herido, que su seguridad individual ha sido afectada sin ninguna provocación, hay videos que así lo demuestran. Además, es un menor de edad que estaba en una situación de vulnerabilidad mayor. Y claramente no es la única vía para determinar una ilegalidad”, explicó la profesional.
En el documento enviado por la policía uniformada se adjuntaron las declaraciones de 4 funcionarios, las que fueron enviadas a la Fiscalía Centro Norte, en calidad de denuncia. En los testimonios, los uniformados desconocen por completo haberle disparado a K.F.M.C.
La Corte también solicitó información al Ministerio Público. De vuelta, la fiscal Macarena Cañas indicó que atendidos los hechos, se abrió una investigación de oficio para indagar la acción policial.
En paralelo, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), presentó otro recurso de amparo, donde se incluye a este menor, pero da cuenta de otro caso similar que afectó a un joven colombiano que también recibió perdigones en el cuerpo de los mismos policías. Ambos casos fueron acumulados.
La Jefatura de la Defensa Nacional, a cargo entonces del general Javier Iturriaga del Campo, respondió a través de otro informe que la policía uniformada debía explicar sus actos.
Al cierre de esta edición, el Ministerio del Interior no había respondido el requerimiento de la Corte.